Juicios:
Definición de Juicio:
- Un Juicio es la facultad del entendimiento que permite discernir y valorar:
su juicio le dictaba prudencia. - Un Juicio es una Opinión, valoración:
no me fío demasiado de sus juicios literarios. - Juicio: Salud mental, estado de la razón opuesto a la locura:
ha perdido el juicio, la pobre;
está falto de juicio. - Juicio; Cordura, sensatez:
demostró mucho juicio al rechazar la propuesta. - Juicio: Conocimiento de una causa en la cual el juez ha de pronunciar la sentencia:
juicio público. - Juicio: lóg. Operación del entendimiento que consiste en comparar dos ideas para conocer y determinar sus relaciones:
le condenaron en un juicio justo. - juicio contencioso der. El que se sigue ante el juez sobre derechos o cosas que varias partes contrarias litigan entre sí.
- juicio de faltas der. El que trata infracciones leves municipales o penales.
- juicio de valor Opinión, parecer que se da de manera subjetiva, sin pruebas fehacientes que lo demuestren:
por ahora que sea culpable no es más que un juicio de valor. - juicio final o universal rel. El que ha de hacer Dios a todos los hombres al fin del mundo.
- Juicio: estar uno en su sano juicio loc. Tener uno cabal y entero su entendimiento para poder obrar con perfecto conocimiento:
desde que murió su hijo no está en su sano juicio.
- El término juicio, que proviene del latín iudicĭum, tiene diversos usos. Se trata, por ejemplo, de la facultad del alma que permite distinguir entre el bien y el mal o entre lo verdadero y lo falso. El juicio es, por otra parte, una opinión, un dictamen o un parecer. Fuente: http://definicion.de/juicio/
- El es un pensamiento en el que se afirma o se niega algo de algo.
Según Aristóteles, el juicio es el "pensamiento compuesto de más de una , pero dotado, a la vez, de una unidad especial que se logra por medio de la cópula".
ELEMENTOS DEL JUICIO
- Sujeto: es el concepto del objeto del juicio, es decir, es el concepto de quien se predica o se dice algo.
- Predicado: es el concepto que se aplica al sujeto, es decir, es lo que se afirma o niega acerca del sujeto.
- Cópula: aquello que establece que lo pensado en el predicado es propio o no es propio del objeto del juicio.
CLASIFICACIÓN DE LOS JUICIOS
1. Por la Cantidad
a) Universales
Son aquellos que se refieren a todos los individuos de la especie.
b) Particulares
Son aquellos que se refieren a varios objetos sin llegar a la totalidad, es decir, que se refieren tan solo a una parte del todo.
Ejemplo: Algunos hombres son leales.
c) Singulares
Son aquellos que hacen a un solo individuo de la especie.
2. Por la Calidad
a) Afirmativos
Son aquellos juicios que expresan la compatibilidad entre el sujeto y el predicado. Se realiza el predicado en el sujeto.
b) Negativos
Son aquellos que expresan la incompatibilidad entre el sujeto y el predicado. Dan como que en la relación sujeto – predicado los separa entre sí.
3. Por la Relación
a) Categóricos
Son aquellos en los que la relación sujeto – predicado se nos ofrece sin condiciones. Son juicios no sujetos a otra condición.
b) Hipotéticos
Son aquellos en los que la relación sujeto – predicado se establece condicionalmente. Se hace un enunciado cuya veracidad depende siempre de una condición.
c) Disyuntivos
Son aquellos en los que se afirma alternativa o exclusivamente u otro predicado, o varios predicados.
4. Por la Modalidad
a) Problemáticos
Son aquellos que expresan una opinión no demostrada por lo que hay posibilidad que esa opinión sea verdadera o falsa.
b) Asertóricos
Son aquellos que expresan una verdad de hecho. El predicado se relaciona con el sujeto de una manera .
c) Apodícticos
Aquellos que expresan una necesidad, es el juicio lógicamente necesario, no admiten contradicción.
- En su sentido lógico forma del pensamiento por la que un concepto es atribuido (afirmado o negado) de un sujeto. En sentido psicológico facultad de juzgar. En un sentido moral rectitud o prudencia en el juzgar (tener juicio o ser juicioso).
- En general, la palabra juicio se refiere a la capacidad racional humana que le posibilita elegir y valorar entre el bien y el mal. Se dice que una persona es carente de juicio o que no está en su sano juicio cuando posee sus capacidades mentales alteradas y no puede discernir sobre sus acciones con claridad de pensamiento, por ejemplo por efecto de drogas, alcohol o enfermedades psicológicas o psiquiátricas.
- Capacidad o facultad de una persona para distinguir entre el bien y el mal. Sensatez, cordura. En Derecho procesal suele utilizarse como término sinónimo a proceso, sin embargo no puede identificarse, ya que el juicio equivale a la función intelectual que el juez realiza en la sentencia a base de razonamientos lógicos y valoraciones jurídicas que culminan con el fallo.
- Capacidad de conocer y valorar a las personas, los hechos y las cosas.
- Facultad del alma que le permite distinguir lo bueno de lo malo y lo verdadero de lo falso. Facultad de razonar. Opinión, dictamen. Salud mental, en oposición a la locura. Cordura, tino.
Juicios. Elisa Hurtado Pérez, Procuradora de los Tribunales de Madrid capital.
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